jueves, 23 de marzo de 2017

LOGRARON LO QUE SE ESPERABA EN CONTRA DE LOS TRABAJADORES. LA TERCERIZACIÓN SIN LÍMITES EN BRASIL



La Cámara de diputados aprobó este miércoles la ley que libera el trabajo tercerizado en todas las actividades de las empresas y varias actividades del Estado. Por 231 votos a favor, 188 en contra y ocho abstenciones, la base aliada al Gobierno de Michel Temer consiguió resucitar el texto propuesto hace ya 19 años por el gobierno del entonces presidente Fernando Henrique Cardoso del PSDB y ya fue aprobado en el Senado. La nueva ley debe seguir camino para ser sancionado por el Presidente  Temer. Las centrales sindicales y los diputados de la oposición criticaron la medida diciendo que ella fragiliza y precariza las relaciones de trabajo y reduce los salarios. Antes del proyecto, la Justicia del Trabajo solamente permitía la tercerización en las actividades secundarias, conocidas como actividades de medio a fin, que no son el principal negocio de una compañía.
Para el Planalto que intenta imponer una agenda de reformas sociales, laborales y de seguridad social con el objetivo declarado de atraer inversiones e intentar equilibrar las cuentas públicas, la aprobación de la ley de tercerización ha sido una victoria. Aunque no  ha sido la mayor conquista parlamentaria de Temer, que se consiguió en diciembre de 2016 cuando se aprobó la enmienda a la Constitución respecto a los gastos públicos que limita los gastos de los gobiernos por 20 años y precisa de la mayoría calificada para pasar. El índice de este miércoles, lejos de los 308 votos de la mayoría calificada, fue un aviso puesto que la reforma de las pensiones también requiere alcanzar ese nivel.
El Ministro de Hacienda, Henrique Meirelles defendió la aprobación del proyecto, que según él “ayuda mucho porque facilita la contratación de mano de obra temporal, facilitando así mismo la expansión del empleo”. Meirelles se encargó de discutir personalmente con las bancadas de la Cámara y el Senado la importancia de las medidas. El Presidente de la Cámara también se empeñó en la aprobación del texto y llegó a decir, unos días antes, que la Justicia del Trabajo “no debería existir” y que los magistrados de esa área están tomando decisiones “irresponsables”. El haber escogido el texto de 1998 forma parte de una estrategia encaminada a acelerar el proceso y dar opciones al Planalto. Los aliados de Temer resolvieron no esperar por la tramitación en el Senado de un proyecto similar aprobado en 2015 por los diputados. Sea como fuere, no se descarta que los senadores analicen la propuesta pendiente considerada más suave que la aprobada este miércoles, en algunos aspectos.
Entendamos los puntos básicos:
Cómo es la legislación actual.
Como no hay una ley específica para introducir la tercerización, el tema ha sido regulado por el Tribunal Superior de Trabajo mediante el expediente 331 del año 2003, según el cual la tercerización es posible solamente si no se trata de una actividad-fin, o sea, el objetivo principal de la empresa, a modo de ejemplo: el acto de fabricar carros es la actividad fin de una línea de montaje. Según la regla actual, solamente las actividades-de medio a fin – como la limpieza, mantenimiento y vigilancia en la línea de montaje puesta de ejemplo, podrían estar sujetas a la tercerización.
Qué es lo que se modifica
La principal modificación se refiere a autorizar a las empresas para que tercericen (externalicen) cualquier actividad y no solamente las accesorias o secundarias de la empresa. Eso significa que una escuela que antes podría contratar solamente servicios tercerizados de limpieza, alimentación y contabilidad, ahora podrá también contratar profesores “tercerizados”.
Empleos temporales
El proyecto también regula aspectos del trabajo temporal, aumentando de tres a seis meses el tiempo máximo de su duración, con la posibilidad de extenderlo por otros 90 días más. O sea, que podrían ser hasta nueve meses de trabajo temporal. Los trabajadores temporales tendrán el mismo servicio de salud y apoyo a la alimentación con que cuentan los trabajadores fijos, igualmente la misma jornada y el mismo salario. El texto aprobado incluye la posibilidad de contratar temporales para sustituir trabajadores en huelga si la misma fuese declarada como abusiva o hubiese paralización de los servicios esenciales.
Derechos de los trabajadores tercerizados.
El proyecto aprobado en la Cámara en 2015 destacaba que no había vínculo de empleo entre las empresas contratantes y los trabajadores tercerizados, pero exigía que el 4% del valor del contrato fuese retenido como garantía del cumplimiento de los derechos laborales y de la seguridad social. El texto que se aprobó en la Cámara ya no prevé tales garantías.
Responsabilidad de las empresas en cuanto a la tercerización de los servicios
La propuesta aprobada en la Cámara en 2015 establecía que el trabajador tercerizado podría cobrar el pago de los derechos laborales tanto de la empresa que terceriza como de la que toma los servicios, la llamada “responsabilidad solidaria”. Ya el texto aprobado en la Cámara contempla que el trabajador tercerizado solamente puede cobrar el pago de los derechos laborales a través de la empresa tomadora de los servicios después de agotar los bienes de la empresa que terceriza.
Y qué dicen los que apoyan el proyecto de la tercerización
Según los que apoyan el proyecto, la existencia de una ley sobre el asunto es fundamental para garantizar seguridad jurídica a los trabajadores y empleadores. También consideran que con la especialización del servicio, aumentará la productividad.  Argumenta que la nueva norma ayudará la creación de puestos. Este lunes, el ministro de Hacienda afirmó que la ley facilitará la contratación de trabajadores. “Ayuda mucho porque facilita la contratación de mano de obra temporal, facilita la expansión del empleo, ya que las empresas se resisten a  aumentar el empleo debido a algunos aspectos de rigidez de las leyes laborales”, según lo dicho en una rueda de prensa. Para el relator, diputado Laercio Olivera, además de incentivar la contratación al modernizar las reglas del trabajo, el texto va a crear una ley específica sobre tercerizaciones.
Y que dicen los críticos
Una gran parte de los sindicatos y  movimientos sociales, los principales opositores, temen a la precarización de la relación de trabajo, argumentando que la nueva legislación incentivará a que las empresas en lugar de contratar trabajadores que están bajo el régimen del Código de trabajo, pasarán a contratar a los tercerización con una remuneración menor.
Un estudio realizado por la Central Única de Trabajadores (CUT) y el Departamento Intersindical de Estadística y Estudios Socioeconómicos (DIEESE), en 2015 mostró que los tercerizados recibían como promedio un 30% menos que los contratados directamente. La Asociación Nacional de Magistrados de la Justicia del Trabajo (ANAMATRA) considera que es inconstitucional la liberación de la tercerización de todas las actividades. La entidad considera que el texto más antiguo es peor que el debatido en 2015. “El Proyecto de Ley de 2015 lejos de ser el ideal, iba sufriendo algunas modificaciones y tal vez ya no atendía los intereses empresariales llamados a transferir al capital los ingresos provenientes del trabajo. El proyecto del 98 está desactualizado no sólo del punto de vista de su contenido sino del debate democrático”. Los críticos también dicen que el proyecto no va a frenar la guerra judicial sobre este asunto.

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